miércoles, 9 de septiembre de 2009

Crean Comité regional para la prevención, atención y protección frente al hostigamiento sexual en Madre de Dios

María Alejandra González Luna
IDL - Justicia Viva
(03/09/09)

En un acertado cumplimiento de sus funciones, el Gobierno Regional de Madre de Dios ha declarado de interés regional la prevención, atención y protección de la población, frente al hostigamiento sexual, mediante la Ordenanza Regional Nº 018-2009-GRMDD/CR. Asimismo, ha creado el Comité Regional para la prevención, atención y protección de la población frente al hostigamiento sexual en la región Madre de Dios.
Este Comité tiene entre sus funciones la de distribuir información entre los trabajadores públicos y privados; realizar talleres de capacitación y módulos que promuevan la toma de conciencia y cambios en los patrones socioculturales que toleren o legitimen el hostigamiento sexual; implementar y promover acciones afirmativas para la prevención, atención y protección de la población frente a la violencia de género y hostigamiento sexual; elaborar un registro sobre denuncias, trámites y sanciones que sobre hostigamiento sexual se hayan realizado; y difundir información en los medios de comunicación a nivel regional.

El hostigamiento sexual típico consiste, de acuerdo a la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual (Ley Nº 27942), en la conducta física o verbal reiterada de naturaleza sexual no deseada y/o rechazada, realizada por una o más personas que se aprovechan de una posición de autoridad o jerarquía, o cualquier otra situación ventajosa, en contra de otra u otras, quienes rechazan estas conductas por considerar que afectan su dignidad, así como sus derechos fundamentales. Esta conducta es considerada como una forma de violencia hacia la mujer en el artículo 2 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia - "Convención de Belém do Pará". Como sabemos, es la mujer quien generalmente es víctima de estos actos, lo que no significa que no haya varios varones agredidos de esta manera.

En el año 2007, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a través del Plan anual de transferencias de competencias sectoriales a los gobiernos regionales y locales del año 2007 (anexo del Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM), transfirió algunas funciones a los gobiernos regionales; entre ellas, las de formular políticas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevención de la violencia política, familiar y sexual. Esta función también esta contemplada en el artículo 60, inciso “c” de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley 27867.

Sin embargo, a pesar de las normas señaladas, varios gobiernos regionales prefieren invertir sólo en infraestructura, debido a que el resultado de estas obras se ve a corto plazo y por toda la población de la región, de tal manera que aumenta la aprobación de la gestión del gobierno regional de turno. No perciben la importancia de las obras de desarrollo humano, las que mejoran no sólo la calidad de vida de la víctima, sino también la de toda la población, ya que al reducir las cifras de violencia mejoran los lazos de confianza entre las personas, con lo que tenemos una sociedad cuyos miembros se relacionan mejor y tienen herramientas para ello.

Es por ello que felicitamos la iniciativa del Gobierno Regional de Madre de Dios, que toma un especial interés por combatir el hostigamiento sexual. Sobre todo, teniendo en cuenta que el presidente de la Corte de Madre de Dios, Tony Changaray Segura, se encuentra suspendido por la OCMA, como medida preventiva debido a que dos servidoras judiciales lo acusan de haberlas acosado sexualmente aprovechándose de su cargo.

Invitamos a que los demás gobiernos regionales sigan este ejemplo, el que esperemos no quede en el papel sino que sea implementado adecuadamente.

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